Historia general de los Vargas

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Bargas (Toledo)

NUESTRA HISTORIA

En estos ultimos años a través de este Programa Oficial de Fiestas se esta intentando dar a conocer nuestra historia y nuestras costumbres, siendo este el proposito de esta sección, ya que debemos de entender que conocer nuestras raices es conocernos un poco más a nosotros mismos, tomando como referencía la evolución de nuestra sociedad a través del tiempo.

Así, este año vamos a dar a conocer el Bargas del Siglo XVI (año 1.576) donde se nos da una visión bastante amplia de la forma de vida, costumbres y actividades de nuestros antepasados a traves de las Relaciones Historico-Geografico-Estadísticas que mando realizar Felipe II de todos los pueblos de España.

 

 

AÑO 1.576
VARGAS

Vargas a doce de Enero de Mil quinientos setenta y seis, ante el señor Juan Alonso, Alcalde de el estado de los exentos y vecinos de Toledo, ante mi el escribano y testigos comparecieron, Diego Bargueño y Sebastian Alonso y presentaron ante el señor Alcalde la declaración que les fue mandado que declarasen acerca de la instrucción y preguntas de ella a tenor de lo cual es este que se sigue:

Muy ilustre Señor: Por un mandamiento de vestra merced, que fue notificado a los alcaldes de este Lugar de Vargas, jurisdicción de la muy noble y muy leal ciudad de Toledo, fueron nombrados yo Diego Bargueño y yo Sebastian Alonso para ver ciertos capitulos que el mandamiento de vuestra merced les fue entregado. Dicho mandamiento y capitulos son antes de estos escritos y por nosostros vistos con todo el cuidado que fué necesario, los vimos y conforme a ellos hicimos la declaración siguiente:

.- Decimos que este lugar se llama Vargas, el cual es de jurisdicción de la ciudad de Toledo y hemos oido decir que antes se llamaba Val de Olivas, que estaba el poblado en bajo, de donde es ahora un pilar que allí esta y dicen que por ser enfermo se pasaron donde ahora es y le llamaron Vargas,

.- que el dicho lugar es antiguo, que esta a una legua de Toledo o poco más o menos, y no se sabe quien lo fundo, ni cuando se gano a los moros y que este lugar estaba debajo de los alcambalas y servicio de Olias, porque del lugar de Olias les repartian las Alcabalas (1) y servicio, hasta que pasadas las Comunidades, Beltran el Santo contador de su Magestad que vino a Toledo sobre las alcabalas le dividio y saco por si fuera del lugar de Olias porque así lo hemos oido decir.

.- que no tiene escudo de armas, que es de su Magestad y jurisdicción de Toledo y ningún señor tiene en el ninguna jurisdicción sino su Magestad.

.- decimos que el dicho lugar no tiene voto en Cortes, sino que debajo del voto de Toledo esta.

.- que no tiene jurisdicción civil ni criminal sino de hasta cien maravedies en las causas civiles de pleitos de calidad y de más cantidad se tratan en Toledo y si son de cantidad pasan a la chancillería de Valladolid, que esta cuarenta o cuarenta y dos leguas de Toledo y alli se siguen.

.- decimos que el dicho lugar es del arzobispado de Toledo y tan cerca de Toledo como esta declarado.

.- que no es de orden ni sujeto a otra jurisdicción sino a Toledo.

.- decimos que Vargas esta hacia el lugar de Olias que esta hacia la parte donde sale el sol a media legua. El medio día esta hacia la parte de Toledo. Que a la parte de poniente el primer lugar por donde van desde el dicho lugar de Vargas es el lugar de Villamiel, jurisdicción de Toledo que hay de Vargas a Villamiel legua y media. Que el primer lugar en la parte del norte o cierzo desde el dicho lugar de Vargas es el lugar de Imalillos jurisdicción de Toledo que esta legua y media.

.- así decimos que el lugar de Vargas esta poblado en tierra llana, es lugar sano y no tiene montaña, ni sierra, ni monte, sino algunos almendros, olivas y las viñas que tienen en el termino algunas personas.

.- que el dicho lugar es muy falto de leña y pasa la gente mucho trabajo por no tener con que guisar, ni calentarse y de lo que se proveen es de algún carbon que compran de ramas de los almendros, olivas y de los sarmientos.

.- decimos que los ríos que estan cerca del dicho lugar de Vargas es el río Tajo que pasa por Toledo y otro río que se dice Guadarrama esta media legua de Vargas, y el río Tajo es grande y caudaloso como es notorio y el Guadarrama de poco agua y provechoso.

.- que en la ribera de Toledo hay muchas huertas y frutales y en el Guadarrama por la parte de hacia el lugar de Vargas no tiene huertas ni arboledas, sino es algunos alamos de poca cantidad en alguna parte y que en el Guadarrama no hay pesquería, sino es lo que sube del río Tajo por el río Guadarrama por la parte que entra en el Tajo.

.- decimos que en dicho río Tajo hay mucha cantidad de molinos y en el río Guadarrama por las partes que pasa hacia Vargas hasta entrar en el río Tajo no hay molinos, sino es uno que hicieron que se ha podrido y en el que algunas veces muele una rueda y en el río Tajo hay dos puentes en Toledo y en el Guadarrama hay uno que esta muy maltratado.

.- que el dicho lugar de Vargas es abundoso en aguas de pozos son buenos y no tienen laguna ninguna sino es un pilar, que esta adonde solia ser el lugar antiguamente, que en este lugar no hay otro pozo sino es el del termino del lugar, que es muy pequeño y en el hay dos prados muy pequeños, para los ganados de labor que no bastan a poderse sustentar.

.- decimos que en el termino del lugar de Vargas, que es muy pequeño termino nos parece que no se cogen sino hasta tres o cuatro mil fanegas de pan, porque los que cogen algun pan es en las labranzas de las Aldehuelas y Acenillas y espadaluenga y Serranos y Mejorada y Darrahiel y el Corralejo, en que se cogeran hasta diez y nueve mil fanegas de pan, pero los que lo labran son vecinos de Toledo y pagan en sus parroquias sus diezmos (2)

.- decimos que en este dicho lugar de Vargas no hay fortaleza, ni armas, que los edificios son de tapias de tierra con una piedra aguja que echan debajo de las tapias y las casas que hay de personas que las pueden labrar, que son muy pocas, se hacen sus cimientos de piedra y ladrillo, y sus ratas y la piedra y ladrillos y cal y teja y yeso con que se labra, se trae de fuera del termino de el dicho lugar y se hace a mucha costa.

.- que no hay edificios antiguos, ni cosa de que se pueda dar noticia, porque lo que esta edificado aunque es en pocas cosas, es muy poco tiempo a esta parte y lo hemos nosotros visto en nuestros dias hacer y edificar la mayor parte de las casas que hay y no hay antiguallas de que dar noticia.

.- decimos que el lugar de Vargas es poblado por la mayor parte de vecinos de Toledo de gran tiempo a esta parte, y que en nuestros dias vimos el dicho lugar, que así tiene algo más de trescientos y la mayor parte es gente pobre y de llevar pan a Toledo a vender es de que se sustentan.

.- que toda la mayor parte de el pueblo se ocupan en labrar con sus ganados para coger pan y en llevar como tenemos dicho pan a vender a toledo y que pueden haber entre todos hasta treinta personas poco más o menos que son herederos y residen en Toledo y entre ellos hay hasta seis o siete que se tienen por hijosdalgo (3) y han tenido oficios de alcaldes de hermandad.

.— decimos que en el dicho lugar de Vargas no hay ningún mayorazgo (4) si no es que don Ruiz López de Avalos tiene unas casas principales en el dicho lugar y unas tierras y olivas, el cual se dice lo que así tiene en el dicho lugar, con otros bienes y rentas que tienen en Toledo y en otros lugares es mayorazgo.

.- decimos como tenemos declarado que la mayor parte de los vecinos y moradores son pobres y viven de su trabajo y otros de sus heredades y otros que tiene labranzas en algunas partes fuera de dicho lugar y entre todos no hay veinte labradores que tengan labranza de buena cosecha de pan, y hay hasta diez personas que estan y residen en el dicho lugar y tienen sus casas en el, que son tratantes y entienden en cosas que venden y fian y que las tierras del termino son de poco llevar por ser las tierras livianas.

.- decimos que en el dicho lugar no hay juez eclesiastico, porque las cosas que pertenecen a la jurisdicción eclesiastica en Toledo se pide ante el Vicario general. Por lo que toca a los alcaldes, el corregidor (5) y Ayuntamiento lo proveen conforme al nombramiento de oficiales que del dicho lugar les llevan y que en esto de la justicia no hay diferencia ninguna, sino es de los regidores (6) perpetuos que se han puesto, que el pueblo o vecinos de el reciben algunos agravios. Que no hay ningun oficial de la justifica eclesiastica y que lo que ha habido y hay son dos alcaldes, uno de estado de vecinos de toledo y otro de estado de pecheros (7), un alguacil y así los ha habido y hay desde que se nombraron alcaldes desde el año de mil quinientos veinte y cuatro, porque de antes no los había y hay dos escribanos que su Magestad ha puesto y cuatro regidores que así su Magestad ha puesto y que ninguno de ellos lleva salario del pueblo, sino es el escribano que hace las cosas del concejo, el cual lleva de sus derechos mil quinientos maravidies de las escrituras y ocupaciones que tiene el servir al concejo y no tienen otros aprovechamientos que antes había dos escribanos que ponía la ciudad y había dos regidores, uno del estado de vecinos de Toledo y otro del estado de pecheros.

.- decimos que en el dicho lugar no hay aprovechamiento de ninguna cosa, ni portazgos (8) ni de términos.

.- que no hay quien tenga privilegio especial, sino son los vecinos de Toledo, que tienen privilegios de los reyes de gloriosa memoria antecesores de su Magestad y algunos vecinos del dicho lugar. Hay mozarabes (9) que son privilegios libres de pechos (10) y pagan sus diezmos en Toledo a las iglesias mozárabes que son hasta quince y estos privilegios se ha guardado y se guardan.

.- decimos que el dicho lugar de Vargas no es lugar que tenga en el ningun señor jurisdicción ni otra cosa sino es Toledo en nombre de su Magestad.

.- que no hay iglesias catedrales, ni colegiales, ni parroquiales sino es solamente la iglesia del lugar, donde los vecinos pecheros pagan sus diezmos y los que son vecinos de Toledo y los mozarabes pagan sus diezmos en Toledo a sus parroquias. Y en el dicho lugar hay una capellania (11) que fundo Martin Navarro, en que hay unas casas y ciertas viñas y tierras. Que lleva el fruto de ellas el capellan y los que lo han sido, han sido y son parientes del fundador, porque manda el fundador que el capellan que fuere nombrado sea su pariente, y asi se ha hecho y hace y cuando muere el capellan se nombre otro y el dicho Martin Navarro que la docto esta enterrado en la iglesia de dicho lugar.

.- decimos que en Vargas no hay arciprestazgos (12) ni beneficios, sino solamente el curado (13) de dicho lugar. Y porque todos los vecinos de Toledo que viven en el dicho lugar diezman sus diezmos a sus parroquias de Toledo, el curado del dicho lugar puede valer hasta cincuenta mil maravedies y que los anexos que tiene son Serranos, Mejorada, Darrayel, Alcalbin, Espadaluenga y las Aldehuellas y las Aceñuelas, que son labranzas por si y distintas y apartadas de el termino de dicho lugar de Vargas.

.- decimos que hay dos ermitas, una que dicen la Vera Cruz y otra de Sansebastian, solamente tiene hechas las tapias y que las dichas ermitas de San Sebastian y la Vera Cruz se han hecho y hacen de limosnas que para ello se dan.

.- que no hay hospitales, sino es una pobre casilla en que reciben a los pobres que van de camino y no tienen renta, sino es la limosna que se da en el pueblo, de que se compran alguna manta o sábana para los pobres.

.- que el dicho lugar no es pasajero y en todo este termino no hay venta ninguna y solamente hay en el un meson donde acogen a los que por alli pasan.

.- decimos que no tenemos noticia de cosa alguna de la fundación de el dicho lugar, mas que algunos quieren decir que donde esta fundado tenia una casa y heredad Diego Perez de Vargas, hermano de Garci Perez de Vargas que eran naturales de Toledo y por ser enfermo el lugar de Val de Olivas, dijeron que se pasasen al barrio de Diego Perez de Vargas y que por eso le llaman Vargas y de este Diego Perez de Vargas se hallaron en las guerras que el rey Don Fernando el Santo, que gano a Sevilla tuvo con los moros y que los anejos que la iglesia tiene son los que tenemos declarados de los cuales no gozan los vecinos y moradores de dicho lugar porque son dehesas y labranzas por si y son terminos redondos.

.- que en el contorno de Vargas no hay ningun lugar de señorio, porque los lugares y dehesas y labranzas que alrededor de el hay todo es tierra y juridiscción de la dicha ciudad de Toledo.

.- que en el dicho lugar de Vargas no hay feria, ni mercado franco en ningún tiempo del año.

Todo lo cual es dicho por Diego Bargueño y Sebastian Alonso y decimos y declaramos ser lo contenido en la declaración cierto y verdadero y asi lo decimos y declaramos y juramos por Dios y Santa Maria que esto es la que sabemos y alcanzamos acerca de lo contenido en la instrucción y yo Diego Bargueño lo firme en mi nombre y porque yo Sebastian Alonso no se firmar rogue a Cristobal de Vargas lo firme por mi. Diego Bargueño por testigo Cristobal de Vargas.

Y presentada la declaración al señor Alcalde mando a mi el escribano saque el traslado y signado y firmado de su nombre y cerrado y sellado lo entregue al señor corregidor de Toledo con la instrucción original.

Testigos que fueron presentes Juan de Bustamante y Juan Lucas y Pedro Lucas, vecinos del lugar de Bargas. Pedro de Villaluenga. Alcalde.

Paso ante mi Alonso Zamorano, escribano publico.

(Extracto de las Relaciones Historico-Geograficas-Estadisticas de los pueblos de España hechas por iniciativa de Felipe II., referidas al pueblo de Vargas del Reino de Toledo.)

(1) alcabalas: tributo que se pagaba por una compra-venta.
(2) diezmo: impuesto que pagaban los fieles a la Iglesia.
(3) hijosdalgo: hijos de personas de linaje distinguido
(4) mayorazgo: conjunto de bienes titulos y derechos de una familia
(5) corregidor: magistrado que ejercia jurisdicción real en un territorio
(6) regidor: miembros del cabildo o concejo.
(7) pecheros: persona plebeya, humilde.
(8) portazgo: derecho al cobro por el paso en algunos caminos.
(9) mozarabes: cristiano que vivia entre los moros.
(10) pechos: contribución que se pagaba al rey.
(11) capellania: fundación para misas.
(12) arciprestazgo: jurisdicción del Arcipreste-religioso que tiene algunas atribuciones sobre los curas de una región.
(13) curado: bienes.

Fuente: Boletín municipal del Ayuntamiento de Bargas.
Muchísimas Gracias a la Biblioteca municipal de Bargas (Toledo).
Texto y Escudo: D.R.

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